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Visas Para Inversionistas (E-2)

Las visas de Inversionistas (E-2) son visas de no inmigrante para ciudadanos de un país con el que los Estados Unidos mantiene algún tratado o acuerdo de comercio o navegación y que desean ir a los Estados Unidos para alguno de los siguientes propósitos: Para llevar a cabo actividades sustanciales de comercio, principalmente entre Estados Unidos y su país: o para desarrollar y dirigir operaciones de una empresa en Estados Unidos en donde el ciudadano ha invertido o está en el proceso de invertir una cantidad considerable de capital.

Las visas de Comerciante (E-1) y las visas de Inversionista (E-2) se establecieron con el fin de facilitar y mejorar la interacción económica entre los Estados Unidos y otros países. NO es su finalidad el servir como medio para que los extranjeros puedan residir definitivamente en los Estados Unidos ni bajo sus leyes, que marca específicamente que los portadores de una visa E-2 deberán entrar “ únicamente para desarrollar y dirigir la operación de una empresa en la que Él o Ella ha invertido”.

Por otra parte estas visas son de No-Inmigrante y por lo tanto son temporales. Las visas de Comerciante o Inversionista pueden renovarse o extenderse solo si la inversión o intercambio comercial sigue cumpliendo todos los requerimientos de las leyes de Migración de los Estados Unidos. Las personas que deseen permanecer de manera indefinida en los Estados Unidos deberán aplicar para la Visa de Inmigrante que corresponda.

Se trata de convertirse en propietario de un negocio. El negocio se puede crear partiendo de cero o también es posible comprar un negocio ya existente. Incluso es posible utilizar estas visas para enviar a trabajar a empleados de una empresa a una subsidiaria de la misma en Estados Unidos. Lo que no se permite es aplicar por la E-2 para gestionar un negocio que se ha heredado en Estados Unidos. El negocio sí puede ser una franquicia.

El negocio debe ser real y activo. Debe producir un bien o un servicio. Además, debe contar con todos los permisos y licencias necesarios para operar. No puede tratarse de una organización sin fines de lucro.

Tamaño del negocio. La ley guarda silencio en este punto y no exige un tamaño mínimo. Sin embargo, sí es estrictamente necesario que genere beneficios que van más allá de meramente cubrir los gastos y necesidades del inversor y su familia. Es más, se pide que se produzca lo que se denomina una “contribución importante a la economía.”

Países de los que debe ser nacional el inversor. Estos son los países de habla hispana cuyos nacionales pueden aplicar a esta visa: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Honduras, México, Panamá y Paraguay.

Familia del inversionista. El esposo, la esposa y los hijos menores de 21 años de los inversionistas pueden contar con una visa derivada para vivir en Estados Unidos.

El cónyuge podrá solicitar, una vez en Estados Unidos, un permiso de trabajo que le permitirá trabajar para otra empresa, para la de su pareja o incluso crear su propio negocio.

Los hijos solo podrán gozar de esta visa hasta los 21 años, a partir de esa edad tendrán que salir del país o contar con otro visado que les permita permanecer en Estados Unidos.

E-2 Inversionistas por Tratado Comercial

¿Quién puede Solicitar el Cambio de Estatus a la Clasificación E-2?

Si el inversionista por tratado se encuentra actualmente en Estados Unidos en un estatus legal de no inmigrante, él o ella puede presentar el Formulario I-129 para solicitar un cambio de estatus a la clasificación E-2. Si el empleado deseado se encuentra actualmente en Estados Unidos en un estatus legal de no inmigrante, el empleador que reúne los requisitos puede presentar el Formulario I-129 a nombre del empleado.

¿Cómo Obtener la Clasificación E-2 si está Fuera de Estados Unidos?

No se puede hacer una solicitud para la clasificación E-2 en el Formulario I-129 si la persona solicitada se encuentra físicamente fuera de Estados Unidos. Las partes interesadas deben consultar el sitio web del Departamento de Estado de EE. UU. para obtener más información sobre cómo solicitar una visa de no inmigrante E-2 en el extranjero. Una vez emitida la visa, la persona puede solicitar a un oficial de inmigración de DHS en el puerto de entrada de los EE. UU. ser admitido como no inmigrante E-2.

Requisitos Generales de un Inversionista por Tratado Comercial E-2

Para calificar para la clasificación E-2, el inversionista por tratado debe:

  • Ser ciudadano de un país con el cual Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación
  • Haber invertido, o está activamente en el proceso de inversión, una cantidad sustancial de capital en una empresa genuina en Estados Unidos.
  • Tratar de ingresar a Estados Unidos únicamente para desarrollar y dirigir la empresa de inversión. Esto se establece mostrando propiedad de al menos el 50% de la empresa o posesión del control operacional a través de un puesto gerencial u otro dispositivo corporativo.

Una inversión es la colocación de capital del inversionista por tratado, incluidos fondos y / u otros activos, en riesgo en el sentido comercial con el objetivo de generar una ganancia. El capital debe estar sujeto a pérdidas parciales o totales si la inversión falla. El inversionista del tratado debe demostrar que los fondos no se han obtenido, directa o indirectamente, de actividades delictivas.

Programa de Autorización de viaje para Inversionistas.

Los inversionistas potenciales pueden buscar oportunidades de negocio, firmar contratos, realizar compras o actividades para establecer su negocio viajando con una visa de tipo B1/B2 o con el Programa de autorización de Viaje. Sin embargo, los solicitantes no pueden desarrollar ni dirigir un negocio estando en los Estados Unidos con esta visa o estatus.

Las regulaciones del Departamento de Estado afirman (9 FAM 41.31 N9.7), “un individuo buscando invertir en los Estados Unidos, incluyendo una inversión que podría calificarlo para una visa de inversionista tipo E-2 queda excluido de realizar actividades productivas o de participar activamente en la administración de algún negocio hasta no haberle sido concedida la Visa E-2 con el estatus de inversionista. Dichas acciones están prohibidas aunque el inversionista reciba o no algún tipo de pago por su trabajo.

Una cantidad sustancial de capital es:

  • Sustancial en relación con el costo total de comprar una empresa establecida o establecer una nueva.
  • Suficiente para garantizar el compromiso financiero del inversionista por tratado con la operación exitosa de la empresa.
  • De una magnitud que respalde la probabilidad de que el inversionista por tratado desarrolle y dirija exitosamente la empresa. Cuanto menor sea el costo de la empresa, mayor será, proporcionalmente, la inversión que debe considerarse sustancial.

Una empresa genuina se refiere a una empresa comercial o emprendedora real, activa y operativa que produce servicios o bienes con fines de lucro. Debe cumplir con los requisitos legales aplicables para hacer negocios dentro de su jurisdicción.

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